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Rescataron a una mujer que estaba retenida en una vivienda, luego de estar en una cervecería

En el día de la fecha siendo aproximadamente las 18.00 horas se recepcionó denuncia penal en la sede
de la Comisaría Seccional Séptima. Alli una mujer denunció que el día 05/01/2.020, su hija de había retirado de su domicilio a las 18.00 horas aproximadamente, y que recién pudo tener contacto nuevamente con ella siendo las 14.00 horas del día de hoy oportunidad en que se comunicó vía Whatsapp informando que se encontraba bien y se había quedado dormida, sin informar el lugar donde se encontraba.

Siendo aproximadamente las 17.00 horas del día 06 de enero de 2020, nuevamente se comunicó por el mismo medio con su hermana mayor, informándole que había concurrido a una cervecería, ingerido una bebida alcohólica y no se acordaba de nada más. Asimismo, había publicado un estado de Whatsapp con un masculino. Su hermana le consultó que hacía con él a lo que ella respondió que estaría en una casa, que no sabía donde y que no recordaba nada.

En su denuncia la progenitora expuso que la victima comenzó a mandar mensajes informando que se encontraba en una habitación y que no la dejaban salir del lugar y ella veía que estaban al menos dos masculinos encapuchados. En tales circunstancias, ambos comenzaron a preguntar por el cuñado de la victima y pareja de su hermana, manifestándole que no la iban a dejar salir si su cuñado no se hacía presente.

En dichas circunstancias, es que la victima logra brindar una descripción de la casa donde se encontraría retenida en contra de su voluntad. Con la descripción del domicilio en cuestión y la posible ubicación del mismo, el Ministerio Público Fiscal dio inmediata intervención a la Brigada de Investigaciones de esta ciudad, a los efectos de que recolecte la información que se estime procedente para la averiguación de la verdad, actuando con la premura que se requiere en los casos en los que las víctimas de los delitos son mujeres.

Así, y con la información que se contaba, y habiendo cesado las comunicaciones de la víctima con su progenitora y hermana, el personal de la División de Investigaciones junto el Fiscal de Turno Dr. Juan Carlos CAPEROCHIPI, se dirigieron en busca de la vivienda descripta por la víctima en sus mensajes, teniendo presente las referencias de las características del inmueble en el cual se encontraba  privada de su libertad.

Luego de efectuar una exhaustiva recorrida se corroboró la existencia de un inmueble de similares características a la altura catastral N° 725 de la calle Chacabuco. En el lugar, fueron atendidos por una mujer, a quien se le consulto por su hijo. La nombrada referenció que su hijo no se encontraba en la vivienda, mostrándose hermética en cuanto a brindar alguna información respecto del paradero del mismo y que no lo había visto en todo el día. Mientras se desarrollaba este dialogo, se observó a simple vista que en el techo de la vivienda, mas precisamente en la terraza se encontraba el sindicado observándose además la presencia de la joven buscada, sin posibilidades de acuerdo a su ubicación a salir voluntariamente y por sus propios medios del lugar.

Ante tal situación y al amparo del artículo 174 inc. 4 del Código Procesal Penal, teniendo presente los múltiples pedidos de auxilio efectuados previamente por la víctima y asimismo que se configuraba un claro escenario de flagrancia con riesgo presente para la víctima, se procedió al ingreso a la morada.

En dichas circunstancias y mientras personal de la División de Investigaciones irrumpía en el domicilio, el hombre se dio a la fuga por los techos linderos evitando la aprehensión, para lo cual, saltó desde la terraza, ganó la vía pública y pese a ser perseguido logró huir del lugar. Respecto a la víctima, fue asistida en forma inmediata, por la autoridad judicial y policial, el Servicio de Asistencia a la Victima, implementándose los protocolos respectivos tanto para su asistencia emocional como su evaluación médica.

Con posterioridad y con la solicitud efectuada por el personal de Investigaciones y la anuencia del FISCAL JEFE DR. JUAN CARLOS CAPEROCHIPI, la JUEZ PENAL DE TURNO DRA. DANIELA ARCURI, autorizó el allanamiento de la finca en cuestión a fin de realizar una pormenorizada inspección del lugar, la que se está llevando a cabo por los investigadores en este momento y con habilitación de horario nocturno.