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Niñez y adolescencia: elevan a juicio oral presunto delito contra la integridad sexual

En la audiencia preliminar realizada en Comodoro Rivadavia el juez resolvió llevar adelante el juicio ya que consideró que existen evidencias para ello.

Este martes se concretó la audiencia preliminar por un hecho contra la integridad sexual de una menor cometido dentro de una institución escolar en septiembre de 2018.  Sucedió en el marco de un curso de taller mecánico, por el hecho se imputó al profesor W. M.

Las representantes de fiscalía, la fiscal general María Laura Blanco y la funcionaria Macarena Murua, ofrecieron prueba y pidieron se eleve la causa a juicio. En contraposición la defensora particular Alicia Dramesino, solicitó “el sobreseimiento” de su pupilo ya que a su criterio “no hay mérito para sostener la acusación”. Finalmente, el juez penal Alejandro Soñis resolvió rechazar el sobreseimiento y elevar la causa a juicio oral.

La fiscal ratificó la acusación del caso en todos sus términos con fecha indeterminada en el mes de septiembre de 2018, acusando a W.M de tocamientos y calificándolo como “abuso sexual simple, agravado por ser cometido por el encargado de la educación”.

El examen mental obligatorio desprende que el imputado “comprende la criminalidad de sus actos y es capaz de dirigir sus acciones”.

En contraposición la defensora cuestionó la falta de precisión de la fiscalía respecto del momento del hecho. Expresó que “no hay mérito suficiente para sostener la acusación y menos para elevar la causa a juicio”. Solicitó su sobreseimiento ya que, “no hay elementos de convicción más que el relato de la víctima”.

Finalmente, el juez penal no hizo lugar el pedido de sobreseimiento y resolvió elevar la causa a juicio oral ya que consideró que el Ministerio Público Fiscal tiene evidencias suficientes para ello. “El verdadero control de la prueba es la instancia de juicio”, aseguró; entendiendo que sobreseer al imputado en esta instancia es prematuro. Asimismo, existe la obligación de llevar adelante el juicio, más allá de su resultado.

La línea 102

La línea 102 es la línea telefónica de las chicas y los chicos a nivel nacional. Es un servicio gratuito y confidencial, de atención especializada sobre los derechos de niñas, niños y adolescentes. Podés llamar ante una situación de amenaza, de vulneración de derechos, si necesitás asesoramiento o simplemente si necesitás hablar con alguien.

En Comodoro también funciona la Oficina de Derechos y Garantías de la Niñez, la Adolescencia y la Familia. Podés comunicarte por mail a derechosygarantiascr@gmail.com o a su número de teléfono 0297 408-7330.

Legislación

En Argentina existe diversidad de legislación que protege a niños, niñas y adolescentes desde meramente leyes hasta el Código Penal. Entre ellas se encuentra desde  la ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño en 1990, con jerarquía constitucional desde 1994. En 2005 se sanciona la Ley Nacional de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (Nº 26.061), que brinda el marco local a la Convención.

La Ley de Educación Nacional N° 26.206 por su parte expresa que las autoridades educativas competentes participarán del desarrollo de sistemas locales de protección integral de derechos, establecidos en la Ley N° 26.061 y obliga a los docentes a proteger y garantizar los derechos de la niñez y adolescencia que se encuentren bajo su responsabilidad. Además, establece la inhabilitación para el ejercicio de la docencia a quien haya sido condenado por delitos contra la integridad sexual.

Con las leyes 26.705 y la 27.206, la prescripción ya no es un límite para que las personas que fueron víctimas de delitos sexuales cuando eran menores de edad puedan acceder a la justicia. Los niños, niñas y adolescentes, cuando adquieren la mayoría de edad, pueden denunciar el delito sexual del que fueron víctimas sin importar el tiempo transcurrido desde que fue cometido el hecho. Los delitos sexuales contra niños, niñas y adolescentes no prescriben.