Advierten que el proyecto en el Anexo IV de la llamada ley ómnibus introduce el régimen de sucesiones notariales de carácter opcional, cuando hubiere acuerdo entre los sucesores y cónyuge y tuvieran capacidad legal. Al respecto, FACA sostiene: “De tal modo, se procura -violentando derechos y garantías consagradas en la Constitución Nacional y tratados internacionales de igual jerarquía – reemplazar al juez natural por un escribano, atribuyendo a este último facultades propias del primero, en abierta confrontación con el sistema de división de poderes y al derecho de las personas de acceder a la justicia en demanda de la tutela judicial y efectiva”.
En el marco del pronunciamiento, los letrados del país también se refirieron a la introducción del llamado «divorcio administrativo” a través de una simple comunicación manifestada por ambos cónyuges, sin asistencia letrada, ante un funcionario público. Señalaron que esto “atenta contra la seguridad jurídica y pone en riesgo los derechos de los cónyuges y de los hijos menores o mayores con capacidad restringida”.
Sostienen que el divorcio, más allá de la disolución del matrimonio, produce efectos jurídicos de suma importancia que deben ser abordados necesaria y oportunamente en el ámbito de la justicia, con asesoramiento letrado y la debida tutela del juez natural especializado en el fuero de familia y en su caso con la participación del Ministerio Público.
“El divorcio administrativo tal como se lo propone rompe con el sistema preventivo y a la vez expeditivo del Código Civil y Comercial; y contra lo que se pregona haría más engorroso el proceso de divorcio, alargaría innecesariamente los trámites y sin dudas lo convertiría en más costoso para las partes”, concluyó el pronunciamiento.