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Homicidio de “el rubio” Martinez: Condenan a Carrizo a 8 años de prisión

En la mañana del jueves se concretó en los tribunales penales ordinarios la audiencia de cesura o imposición de pena luego de celebrado el debate en el cual se declarara penalmente responsable a José Carrizo por el delito de homicidio simple. La fiscal solicitó la pena de 10 años de prisión, requiriendo el mantenimiento de su prisión preventiva hasta que la sentencia quede firme. Por su parte los defensores pidieron la pena de 4 años de prisión y subsidiariamente que no supere el mínimo de 8 años, solicitando su arresto domiciliario.

La fiscal Cecilia Codina se refirió a que días pasados fue dictada la responsabilidad penal de José Carrizo por el delito de homicidio simple, en cuanto a la presente audiencia tuvo en cuenta las pautas mensurativas establecidas en el Código Penal. Teniendo en cuenta como agravante la naturaleza de la acción y el medio empleado para concretarlo. El imputado ocasionó dos cortes en la víctima con un cuchillo de grandes dimensiones, agravado por el poder ofensivo del arma blanca. También la fiscal se refirió a la conducta inmediata que adoptó Carrizo luego de ocurrido el hecho, enviando mensajes de texto a un testigo diciendo “vos no me conoces, decile a tu amigo que no diga nada”, tratando de entorpecer la acción de la Justicia. Codina asimismo mencionó la calidad de los motivos que lo llevaron a delinquir, motivos banales, una muerte a raíz de una discusión originada entre la víctima y un tercero. Como último agravante la acusadora pública enunció “las condiciones personales del imputado, su edad, que poseía trabajo estable, una familia constituida que nos llevan a determinar que debía conducirse en la norma y motivarse en ella”. Como circunstancia atenuante la fiscal mencionó la falta de antecedentes penales de Carrizo. Por todo esto la fiscal solicitó la pena de 10 años de prisión, requiriendo el mantenimiento de su prisión preventiva hasta que la sentencia quede firme. Esto basado en el peligro de fuga avizorado por el monto de la pena.

Por su parte la defensa argumentó que el mínimo establecido en el Código Penal para la pena, “es una indicación”, pero nada impide al tribunal para dictar una menor a ella. Es evidente que la situación por la cual se pasó, se trató de una situación con un resultado excesivo por motivos menores. Era una mera discusión que lamentablemente terminó en esa situación. Se dan situaciones excepcionales en este caso, aseguró el defensor, se debería aplicar la pena de tentativa de homicidio simple, es decir una pena de 4 años de prisión. Su situación social tiene que ser valorada, como también su falta de antecedentes penales, nunca antes se vio involucrado en este tipo de situaciones. El principio de proporcionalidad no solo debe basarse en el resultado, sino también en la reprochabilidad que tiene el autor. Carrizo se encuentra habilitado para que el tribunal resuelva en base a la reprochabilidad por debajo del mínimo, aseguró el defensor. Entendiendo que “el mínimo de la pena es inconstitucional, porque la pena supera el grado de culpabilidad que se pretende conseguir”. Subsidiariamente, si el tribunal no recepta el pedido de 4 años, no debería superar el mínimo establecido para el delito, de 8 años de prisión. Recordando que la pena no debe trascender a terceras personas, como lo establece el Pacto de San José de Costa Rica. Con relación a la prisión preventiva los defensores sostuvieron que no está debidamente fundada. Nunca se denunció incumplimiento en el tiempo que permaneció Carrizo en arresto domiciliario, no entendiendo necesario el mantenimiento de la medida de coerción, de esta pena anticipada que cumple Carrizo. Solicitando su arresto domiciliario nuevamente hasta tanto la sentencia adquiera firmeza.

Finalmente el tribunal resolvió condenar a Carrizo a la pena de 8 años de prisión por haber sido declarado autor penalmente responsable del delito de homicidio simple en razón del hecho ocurrido el pasado 16 de mayo de 2017, del que resultó la muerte de Jorge Martínez. Decretando su prisión preventiva por 4 meses.

El ilícito ventilado en debate acontece el 16 de mayo de 2017, siendo aproximadamente las 18 hs.,  en inmediaciones de la plaza Soberanía, de la Costanera, en el sector de patinetas. Allí se encontraba el imputado José Carrizo, junto a otras personas. Se acerca la víctima Jorge Andrés Martínez manifestándoles algo. Se retiran y vuelven a la plaza, momento en que Martínez agrede a Carrizo con un palo de grandes dimensiones en el sector del pasaje ubicado entre Cococho Drugstore y La Costanera. Seguidamente el imputado José Carrizo se retira y vuelve para asestar dos puntadas a la víctima, la primera corta su mano donde Martínez llevaba el palo y lo desarma, y luego le asesta una estocada en el tórax, la cual provoca su deceso. La autopsia determinó que la causa de su muerte fue por Shock hemorrágico irreversible por herida de arma blanca en tórax.

Presidió la audiencia de cesura Mariano Nicosia, e integraron el tribunal Jorge Odorisio y Mónica García, jueces penales; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Cecilia Codina, fiscal general, en tanto que la defensa de Carrizo fue ejercida por Esteban Mantecón y Claudia Torrecillas, defensores públicos. También se encontraban presentes familiares de la víctima asistidos por una profesional del SAVD.