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Homicidio de Luis Miguel Curiqueo: Condenan a Héctor Fretes a 11 años de prisión

En horas de la mañana del martes se concretó en los tribunales penales ordinarios del barrio Roca la audiencia de cesura o imposición de pena en el juicio por el homicidio de Luis Miguel Curiqueo acontecido en el interior del local comercial “Old Draw” el pasado  8 de septiembre de 2017. El imputado Héctor Fretes fue anteriormente declarado por unanimidad penalmente responsable, como autor, del delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”. La fiscal solicitó, teniendo en cuenta las circunstancias atenuantes y agravantes para el caso, la pena de 11 años y seis meses de prisión. Por su parte el defensor requirió el mínimo de la pena, 10 años y ocho meses. Finalmente el tribunal resolvió por unanimidad condenar a Fretes a la pena de 11 años de prisión manteniendo su prisión preventiva.

En su alegato de pena la fiscal, Camila Banfi, se refirió a que la semana pasada Fretes fue declarado penalmente responsable del delito de “homicidio agravado por el uso de arma de fuego”, en calidad de autor, delito que tiene un mínimo de 10 años y ocho meses de prisión. Consideró como mayor contenido del injusto el uso del arma de fuego para alejarse del mínimo establecido para la pena. Teniendo en cuenta como circunstancias agravantes para el caso los antecedentes penales de Fretes y la autorización del RENAR para portar armas, como un plus en la pena. Consideró la fiscal como circunstancias atenuantes el Informe Social y el grupo familiar numeroso con varios niños menores de edad y el “principio de no trascendencia de la pena a terceras personas”. También la falta de educación de Fretes. Por todo lo cual solicitó la pena de 11 años y seis meses de prisión.

Finalmente Banfi solicitó el mantenimiento de la prisión preventiva de Fretes ya que habiendo sido declarado penalmente responsable del delito de homicidio agravado por el uso de arma de fuego, continúa vigente el peligro de fuga; también por las características graves del hecho. Requiriendo se mantenga la medida de coerción por el término de seis meses, o bien hasta que la sentencia quede firme.

Por su parte el defensor argumentó que hay razones para no apartarse del mínimo de la pena, diez años y ocho meses de prisión. “Los dos agravantes que consideró la fiscalía están incluidos dentro del dolo, es decir no le generó sobrecarga la hecho”. La existencia de antecedentes penales no es un plus para sobrecargar la pena, aseguró el defensor Guillermo Iglesias. Consideró que las circunstancias atenuantes como la familia numerosa y sus condiciones personales neutralizan los agravantes. Mencionando por último la dignidad humana de la pena y la no trascendencia de la pena a terceras personas. No controvirtió el dictado de la medida de coerción.

Finalmente el tribunal, luego de un cuarto intermedio, resolvió por unanimidad condenar a Héctor Fretes a la pena de 11 años de prisión teniendo en cuenta como agravante la sentencia condenatoria anterior que tiene, por reiteración delictiva ya que no es un agente primario. Considerando como circunstancia atenuante el principio de no trascendencia de la pena a terceros, ya que se ha demostrado en juicio que tiene hijos de corta edad, sostuvieron los jueces.

El tribunal de debate estuvo integrado por los jueces Daniela Arcuri, Alejandro Soñis y Mónica García; por el Ministerio Público Fiscal se hizo presente Camila Banfi, fiscal general; en tanto que la defensa de Fretes fue ejercida por Guillermo Iglesias, abogado particular del mismo. Asimismo se encontraban presentes familiares y amigos de la víctima, acompañados por una profesional del SAVD.

Fuente: Ministerio Público Fiscal