Cargando...
Marca

Diputados aprobaron la Ley de Emergencia Comercial

La legislatura de la provincia sancionó la Ley de Emergencia Comercial por unanimidad. La misma indica que será por el plazo de 180 días a partir de su entrada en vigencia y prorrogable por igual período de perdurar las actuales condiciones que motivaron la Ley.

Según indica podrán acceder a los beneficios quienes acrediten inscripción en el impuesto sobre los Ingresos Brutos y domicilio fiscal en Chubut, previamente a la entrada en vigencia de la Ley.

Por otro lado, resulta indispensable que las micros, pequeñas o medianas empresas estén radicadas en la provincia con anterioridad de más de 24 meses y se encuadren dentro de la clasificación establecida en la Resolución 154/2018 dictada por el Ministerio de Producción de la Nación y que hayan mantenido la fuente laboral de todos sus empleados desde el 1ero de enero del corriente año.

Ante esto es que la Dirección de Rentas emitirá un certificado que acreditará la inclusión de la emergencia comercial declarada mediante la ley.

Por otro lado, en el artículo 4 establece que el certificado de incorporación podrá ser utilizado, durante el período de vigencia de la ley, con el fin de gestionar una línea de créditos a tasa diferenciada ante el Banco del Chubut S.A.

Luego de la sesión el diputado de Chubut Somos Todos Geronimo García sostuvo que “se adoptó el mismo decreto que envió el gobernador, se incluyeron todas las actividades, la posibilidad de que aquellas empresas que si bien no tributan, están inscriptas, puedan tener el certificado de Rentas para presentar ante la AFIP y dada la premura que hay porque son cerca de 1800 embargos de cuentas”.

Fuente: LU17