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Mantienen la prisión preventiva para el imputado por el femicidio de Daniela Velazco

Este lunes por la mañana se efectivizó la audiencia de prórroga de la etapa preparatoria por el femicidio de Daniela Velazco, el mismo ocurrió el 5 de noviembre de 2021 y tiene como único imputado a Miguel Ángel Asencio.

La representante de fiscalía, Natalia Gómez, requirió la ampliación del plazo de investigación por dos meses, la ampliación del hecho, la recalificación de la causa y el mantenimiento de la prisión preventiva que pesa sobre Asencio por igual término. Por su parte la defensora, María Cristina Sadino, se opuso a la incorporación del agravante de pareja. Finalmente, la jueza penal María Laura Martini resolvió ampliar el plazo de investigación, ampliar el hecho, modificar la calificación jurídica del caso y mantener la medida de coerción que pesa sobre el imputado por el término solicitado por la representante de la acusación pública, o hasta la audiencia preliminar, lo que ocurra primero.

En un primer momento la funcionaria de fiscalía, solicitó la ampliación de la plataforma fáctica del hecho y agregar el agravante del vínculo al caso, ya que anteriormente en el control solo tenía el agravante de femicidio. Asimismo la funcionaria solicitó la prórroga de dos meses de la etapa preparatoria en base a que todavía faltan los resultados de la pericia de ADN y el resultado de la autopsia psicológica y realizar una medida más de investigación. Requiriendo el mantenimiento de la prisión preventiva que cumple Asencio por igual tiempo en base a los elementos de convicción existentes para tenerlo como probable autor del hecho investigado. En base a una pericia realizada a los celulares secuestrados se determinó que ellos mantenían una relación de pareja de varios meses y por ello se pidió la ampliación y se agregue a la calificación el agravante del vínculo. Quedando la misma como: “homicidio agravado por el vínculo y por ser perpetrado por un hombre en contra de una mujer” (femicidio) en calidad de “autor” para Asencio.

Por su parte la defensora planteó que el agravante: pareja del inciso primero, del Art. 80 del Código Penal, es un elemento normativo del tipo y que se necesita determinados requisitos para ser pareja, entre estos la publicidad y el requisito temporal establecido en el Código Civil que establece que la estabilidad del vínculo lleve más de 2 años. En dicho sentido la defensora se refirió al fallo Días donde los jueces de dictaminaron sobre el tema.

Finalmente, la jueza penal resolvió ampliar el plazo de investigación, ampliar el hecho, modificar la calificación jurídica del caso y mantener la medida de coerción que pesa sobre el imputado por el término solicitado por la representante de la acusación pública, por dos meses, o hasta la audiencia preliminar, lo que ocurra primero.

El femicidio de Daniela Velazco:

El fiscal se refirió brevemente al hecho a investigar cuando el pasado 5 de noviembre, siendo aproximadamente las 14: 20 hs., la víctima ingresa a trabajar a la escuela Perito Moreno, impartía clases de lengua, y fue abordada por Asencio, quién llevaba consigo con un cuchillo de al menos 30 cm. de largo y con claras intenciones de dar muerte, asestó cuatro puñaladas, provocando 4 heridas, dos de ellas mortales y dos defensivas. Dicho accionar es advertido por un testigo y Asencio se dio a la fuga en dirección a Calle Brown, siendo perseguido por el testigo y por personal de tránsito. En la persecución Asencio intentó agredir al testigo mediante varias estocadas no pudiendo conseguirlo. Al llegar a la altura de 535 intervino policía y seguidamente Asencio arroja arma blanca en la vía pública. Ambos, imputado y víctima, mantuvieron una relación corta de 5 meses ya finalizada.