El proyecto de ley que establece la devolución del IVA para los productos de la canasta básica para sectores con menores ingresos impulsado por el ministro de Economía, Sergio Massa, ingresó este viernes a la Cámara de Diputados y se prevé que comience a ser debatido en comisión la próxima semana, tal como lo había anunciado el ministro en el marco del lanzamiento de un plan de alivio fiscal que beneficiará a 700.000 trabajadores autónomos, más de 1 millón de monotributistas y 300.000 pymes.
El proyecto de 9 artículos ingresó este viernes poco antes de las 14 a la Cámara baja, y fuentes del oficialismo dijeron que se prevé acelerar su debate con una primera reunión informativa de la comisión de Presupuesto y Hacienda que se realizaría entre el miércoles y el jueves de la semana entrante.
El texto aclara que lo dispuesto comenzará a regir desde el 1 de enero de 2024, y también que se faculta a la autoridad de aplicación a ampliar los beneficiarios alcanzados por la legislación
La iniciativa busca darle continuidad a través del respaldo legislativo a las medidas económicas anunciadas la semana pasada por el ministro y candidato presidencial que se comenzaron a implementar formalmente el lunes con la devolución del IVA para los sectores de menores ingresos.
El texto aclara que lo dispuesto comenzará a regir desde el 1 de enero de 2024, y también que se faculta a la autoridad de aplicación a ampliar los beneficiarios alcanzados por la legislación.
El artículo 1 estableció que los beneficiarios del reintegro del IVA serán quienes perciban jubilaciones, pensiones por fallecimiento y pensiones no contributivas, en un monto mensual que no exceda la suma de seis haberes mínimos garantizados, los beneficiarios de asignaciones universales por hijo para protección social y las de embarazo para protección social.
Asimismo, serán alcanzados por este beneficio trabajadores que presten servicios remunerados en relación de dependencia en la actividad privada o pública, siempre que el ingreso mensual no supere la suma equivalente a seis veces el Salario Mínimo, Vital y Móvil, los comprendidos dentro del Régimen Especial de Contrato de Trabajo para el Personal de Casas Particulares y aportantes del Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (RS) que se encuentren encuadradas y encuadrados en la Ley 24.977.
El proyecto aclara también que “están alcanzadas por el beneficio de este Programa las compras de bienes indicadas en el presente artículo en el marco de la “Tarjeta Alimentar” o de las tarjetas emitidas a beneficiarias y beneficiarios del Programa Nacional de Inclusión Socio-Productiva y Desarrollo Local – “Potenciar Trabajo”.
En el artículo 4 del proyecto se aclara explícitamente que “el reintegro mensual previsto en el presente Programa no podrá superar el 21 por ciento del valor de la Canasta Básica Alimentaria para un hogar tipo 2, vigente en cada mes.
En los fundamentos de la iniciativa, el Ministerio de Economía señaló: “Uno de los objetivos prioritarios del Estado Nacional es la asistencia a las personas de menores ingresos de todo el país a través de medidas concretas y transparentes, con el fin de lograr una reducción sostenida de la pobreza”.
La medida que se propicia tiene por finalidad mejorar el ingreso disponible y consecuentemente la capacidad de compra de los sectores más vulnerables, quienes destinan al consumo de bienes de primera necesidad la totalidad o gran parte de sus ingresos”, añadió.
Massa destacó este viernes que más de 3,3 millones de personas recibieron en las últimas horas las primeras devoluciones del Impuesto al Valor Agregado (IVA), en el marco del programa Compre sin IVA, que el Gobierno nacional puso en marcha esta semana, señaló
“Ya hay más de 3,3 millones de argentinos que recibieron en su tarjeta de débito la devolución de IVA”, dijo el Ministro y candidato a presidente por Unión por la Patria (UxP).
Destacó que el programa es “una de las medidas tal vez más progresivas tomadas desde el punto de vista tributario”.
Claudio Boada, presidente de la Unión de Usuarios y Consumidores, dijo a Télam que “empezamos a verificar las primeras devoluciones, tal vez un poquito más lento que lo que inicialmente habían dicho, 48 horas, pero lo importante es que las devoluciones se están haciendo y la gente queda satisfecha”.
Desde la AFIP precisaron que para que puedan acreditarse las liquidaciones por devoluciones, reintegros, reembolsos y demás pagos, es necesario tener declarada una CBU ante el organismo, lo que se puede verificar ingresando al portal con clave fiscal.
En caso de tener que declarar la CBU, se debe ingresar a la web del organismo luego colocar CUIL/CUIT/CDI y clave fiscal y clickear en “Declaración de CBU” en el menú de servicios habilitados, donde se podrá hacer el registro.
(Fuente: Telam)